.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
año:2011
 
institución:MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

7 resultados encontrados en 172 ms. Página 1 de 1
Descargar    Expandir/Colapsar
R-DCA-572-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas del nueve de noviembre del dos mil once. ---------------- Recurso de apelación interpuesto por Componentes El Orbe S.A., en contra del acto de adjudicación de las líneas 2, 6, 7, 10, 13, 14, 15, 21, 24 y 27, de la Licitación Pública 2011LN- 000056-72900 promovida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para la “compra de equipo y programas de cómputo”.------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que mediante recurso presentado en tiempo, el oferente Componentes El Orbe S.A., presentó su recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de las líneas 2, 6, 7, 10, 13, 14, 15, 21, 24 y 27, de la Licitación Pública 2011LN-000056-72900 promovida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para la “compra de equipo y programas de cómputo”, concurso en el cual resultaron adjudicados: Central de Servicios PC S.A., en las líneas 2, 6, 7, 13, 14, 21, 24 y 27, Productive Business Solutions S.A., en la línea 10 y Telerad para la línea 15. --------------------------- II. Que mediante auto de las diez horas del veintiocho de agosto de 2011, esta División solicitó al Ministerio el expediente de la mencionada licitación. -------------------------------------------------------- III. Que mediante oficio PI-1124-11, de fecha 31 de octubre del 2011, la Administración licitante remitió 6 tomos del expediente solicitado, sin embargo no envió la totalidad de la información correspondiente al presente procedimiento de contratación, al desarrollarse el mismo en la solución virtual denominada CompraRed. -------------------------------------------------------------------------------- IV. Que mediante el auto de las doce horas del 5 de noviembre del 2011, se solicitó nuevamente a la Administración el reenviar la totalidad de la información correspondiente al expedie ...
Fecha publicación: 14/11/2011
Fecha emisión: 09/11/2011
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 10611 28 de octubre de 2011 DJ-1192-2011 Licenciado Rodrigo Acuña Montero Director Nacional e Inspector General de Trabajo MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Estimado señor: Asunto: Se consulta sobre la utilización de los recursos financieros depositados a la fecha en la cuenta cliente N1000073901000196 del Fondo General del Gobierno por la suma de ¢153.180946.42. Nos referimos a su oficio número DNI-347-2011, de fecha 07 de octubre de 2011, recibido en esta Contraloría General el 12 de octubre del mismo año, mediante el cual se solicita el criterio de este órgano contralor, con el fin de que se haga efectiva la utilización de los recursos financieros a la fecha depositados en la cuenta cliente No.1000073901000196 del Fondo General del Gobierno por la suma de ¢153.180946.42, suscrita por la Licda. Irene Espinoza Alvarado, Contadora Nacional y montos futuros. Criterio del despacho: En cuanto al particular, le informamos que de conformidad con lo que dispone el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, No. 7428 y la circular de esta Contraloría General No. CO-529, publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, en el ejercicio de su función consultiva este órgano contralor atiende consultas “siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que deba resolver la institución solicitante.” Dicha circular dispone en los puntos 3, 4 y 6 lo siguiente: “3. Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante, con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan la gestión. Deberá acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o ente consultante, en la materia de que se trate, salvo que se demuestre fehacient ...
Fecha publicación: 30/10/2011
Fecha emisión: 27/10/2011
Documento: 10611-2011.pdf
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


R-DCA-356-2011 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del veinte de julio del dos mil once.------------------------ Recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública 2011LN-000056-72900 promovida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para la “compra de equipo y programas de cómputo”, interpuesto por Tecnocomputo NV S.A.--------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: Mediante escrito presentado el día 6 de julio, por Tecnocomputo NV S.A, se interpuso el recurso de objeción al cartel de la presente Licitación Pública.------------------------------- II. POR CUANTO: Esta División mediante el auto de las doce horas y treinta minutos del 7 de julio del 2011, confirió audiencia especial, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos del objetante Tecnocomputo NV S.A.---------- III. POR CUANTO: Que la Administración atendió la audiencia conferida en fecha 12 de julio de 2011.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- IV. Sobre la Competencia para conocer el recurso y legitimación de la objetante. La invitación a concursar se dio en el Diario Oficial La Gaceta, número 126, alcance 37, del 30 de junio del 2011 y se estableció como fecha de apertura de ofertas el 19 de julio del presente año, con lo cual el primer tercio resulta ser 4 días hábiles, mismos que vencieron el día 6 de junio, por lo que la objetante presentó oportunamente su recurso y por ello se entran a conocer los argumentos presentados. Adicionalmente, la empresa objetante acredita su interés en el concurso ya que es fabricante en el país de los bienes objeto de esta contratación. Por lo tanto, se admite el recurso para su estudio por el fondo.------------------------------------------------------------------------------------------- ...
Fecha publicación: 22/07/2011
Fecha emisión: 19/07/2011
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


R-DCA-322-2011 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas del treinta de junio de dos mil once.--------------- Recurso de objeción presentados por Tecnocómputo NV S.A. en contra del cartel de la Licitación Abreviada 2011LA-000051-72900 promovida por Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuyo objeto es “la contratación de servicios de equipo y programas de cómputo”.---------------------------------------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: La empresa Tecnocómputo NV S.A. presentó recurso de objeción ante este Despacho el 24 de junio del presente año.--------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Sobre la competencia de la Contraloría General: El numeral 81 de la Ley de Contratación Administrativa contempla: "Contra el cartel de la licitación pública y de la licitación abreviada, podrá interponerse recurso de objeción, dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas. / El recurso se interpondrá ante la Contraloría General de la República en los casos de licitación pública y en los demás casos ante la administración contratante.” (Subrayado agregado). Además el artículo 173 del reglamento a dicha ley, preceptúa: “Contra el cartel de las licitaciones abreviadas procederá la interposición del recurso de objeción al cartel, ante la Administración licitante”. En el presente caso, aún cuando se presenta el recurso ante este Despacho, el propio objetante identifica el concurso como: “Licitación Abreviada 2011LA-000051-72900” (ver folio 01 del expediente del recurso de objeción), donde se logra determinar que el concurso cuyo cartel objeta, es una licitación abreviada, habiéndose aportado copia de las invitaciones desplegadas en Comprared y copia del pliego de condiciones (ver folios 36, 37 y 79 del expediente del recurso de objeción), documentos que identifican también el proceso se ...
Fecha publicación: 05/07/2011
Fecha emisión: 30/06/2011
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 05827 29 de junio, 2011 DJ-0712-2011 Señor Eugenio Solano Calderón Viceministro de Trabajo y Seguridad Social Presidente CONSEJO DE SALUD OCUPACIONAL Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta sobre la viabilidad de autorizar al Instituto Nacional de Seguros no solo girar el dinero como se realiza actualmente, sino en casos calificados, entregue al Consejo de Salud Ocupacional el resultado final de un proyecto, con el fin de recibir un producto final que sea utilizable y no requerir un procedimiento largo y difícil para su obtención. Damos respuesta a su oficio No. DVM-0188-05-2011 de fecha 13 de junio de 2011, mediante el cual consulta la posibilidad de que se autorice al Instituto Nacional de Seguros a entregar y girar al Consejo de Salud Ocupacional no solo girar el dinero 1 en las cuentas respectivas, como se ha realizado hasta la fecha, sino en casos calificados, entregar el resultado final de un proyecto, con el fin de recibir un producto final que sea utilizable y no requerir un procedimiento largo y difícil para su obtención. Al respecto, en primer lugar, es pertinente señalar que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, se establecen los requerimientos para la presentación de las gestiones de consulta, de donde cabe destacar que el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y 1 De conformidad con lo estipulado en el artículo 205 del Código de Trabajo, que establece: “ARTICULO 205.- (…) La institución aseguradora hará liquidaciones anuales, que incluyan la forma ...
Fecha publicación: 02/07/2011
Fecha emisión: 29/06/2011
Documento: 05827-2011.pdf
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 04156 11 de mayo, 2011 DJ-0501- 2011 Señora Sandra Piszk Ministra Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Estimada señora: Asunto: Consulta sobre la procedencia jurídica de que se retribuya con el pago de dietas a los miembros suplentes aunque no sustituyan al titular en sesiones del Consejo Nacional de Salarios Damos respuesta a su oficio DMT-298 de fecha 14 de marzo de 2011 en el cual nos consulta respecto a la procedencia jurídica de que se retribuya con el pago de dietas a los miembros suplentes del Consejo Nacional de Salarios, aún y cuando asistan a las sesiones de dicho órgano colegiado sin estar supliendo a un miembro propietario. La consulta se acompaña del criterio legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de ese Ministerio, en donde expone que si el legislador ha sido omiso en regular el pago de dietas, se debe entender que no lo estableció, salvo cuando el órgano colegiado tenga la naturaleza jurídica de una institución autónoma o semiautónoma, en cuyo caso y salvo norma en contrario, aplica el pago de dietas que contempla el artículo 60 de la Ley No. 7138 que reformó el artículo segundo de la Ley No. 3065 del 20 de noviembre de 1962 “Ley de Pago de Dietas de miembros de Juntas Directivas de las instituciones autónomas y semiautónomas ”. Se analiza la naturaleza jurídica del Consejo Nacional de Salarios, determinándose que no es la de una entidad autónoma o semiautónoma sino la de un órgano de desconcentración máxima del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de acuerdo con el artículo 2 del Decreto Ley No. 832, por lo que no le es aplicable la Ley 3065. Por otra parte, específicamente en cuanto al tópico de dietas, se indica en el criterio jurídico que el artículo 10 del Decreto Ley No. 832 establece que los miembros del Consejo y el Secretario de dicho organismo, devengarán por sesión celebrada a la que ...
Fecha publicación: 09/05/2011
Fecha emisión: 06/05/2011
Documento: 04156-2011.pdf
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Dietas


R-DCA-050-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa San José, a las nueve horas del día treinta y uno de enero de dos mil once.------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Jorge Isaac Solano Aguilar en contra del acto que declara desierta la Licitación Pública No. 2010LN-000071-73200, promovida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para la contratación de servicios de jurídicos.----------------------------- RESULTANDO I.- Que el día 10 de enero de 2011 el señor Jorge Isaac Solano Aguilar interpuso recurso de apelación en contra del acto que declara desierto el referido procedimiento licitatorio, fundamentándose en que el mismo resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley de Contratación Administrativa así como al artículo 86 del Reglamento a dicha Ley, resultando además incongruente y contradictorio, violentando los principios de razonabilidad y fundamentación del acto administrativo. Lo anterior por cuanto, estima que la resolución impugnada resulta contradictoria en sus considerandos quinto y sexto, al referir el primero de ellos a un supuesto incumplimiento de los requisitos del cartel por parte de las ofertas presentadas, lo que impondría sancionar el concurso como infructuoso, mientras que en el siguiente se establece que pese haberse presentado ofertas elegibles, la Administración por motivos de interés público decide declarar desierto el concurso, sin justificar, puntualizar o fundamentar ni cuáles eran los supuestos incumplimientos sustanciales que presentaban las ofertas, ni cuáles eran los motivos de interés público. Adicionalmente señala que dicho acto no fue publicado si no que el mismo le fue notificado el día 17 de diciembre de 2010.--------------------------------------------------------------------- II.- Que mediante auto de las nueve horas del trece de enero de dos mil once, esta División solicitó el expediente admi ...
Fecha publicación: 03/02/2011
Fecha emisión: 31/01/2011
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Tesauro: Supuestos de inadmisibilidad del recurso de apelación, Trámite de admisibilidad del recurso de apelación, Supuestos de la apelación, Publicación de la invitación a participar